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Jaime García Chávez

29/11/2021 - 12:03 am

Nadie puede gobernar por decreto al país

"López Obrador, al pretender gobernar de esa manera, da muestra inequívoca de su talante autoritario y lleva el sello de ponerse al margen de la Constitución que protestó cumplir y hacer cumplir".

"(…) no se puede declarar de forma genérica un concepto como el de “seguridad nacional” al servicio del ocultamiento de lo que se está realizando como obra insignia con una enorme carga presupuestal (…)". Foto: Cuartoscuro

Cuando Hitler se hizo de la Cancillería en 1933 a través de un mecanismo democrático que la Constitución alemana permitía, se apoyó en la misma para gobernar a punta de decretos. Formalmente estaba investido con esa facultad.

La Constitución Mexicana de 1917, con todo y las muchas reformas y parches que se le han hincado, en ningún artículo faculta al Presidente de la república a gobernar con decretos del tipo del acuerdo administrativo firmado por López Obrador,  y “refrendado” por su secretarios de Estado, que se publicó el pasado 22 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación.

López Obrador, al pretender gobernar de esa manera, da muestra inequívoca de su talante autoritario y lleva el sello de ponerse al margen de la Constitución que protestó cumplir y hacer cumplir. Está claro, pero hay que repetirlo porque la ocasión lo amerita, que el Presidente sólo puede hacer aquello que estipula la Constitución, y digámoslo con toda energía: es mucho el poder que tiene entre sus manos en un presidencialismo que se ha levantado como un lastre en la vida nacional.

Cierto que ese presidencialismo se ha venido acotando, en parte por las autonomías, en parte por el papel que ha empezado a jugar la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en parte por la desaparición del viejo partido hegemónico que ahora se pretende reeditar con un aparato como Morena u otro que puede ser más adefésico pero más dúctil para la confección del proyecto lopezobradorista.

No es válido que por decreto se declaren asuntos de “seguridad nacional” los relacionados con la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno federal, que tengan esa calidad como el Tren Maya, el aeropuerto Felipe Ángeles y el Tren Transístmico, entre los más emblemáticos de estos días.

No es válido, a menos que sea tan elástico el concepto de “seguridad nacional” que ya todo quepa en él para construir la más poderosa cripta para cobijar una opacidad extrema que prohíja la corrupción y la impunidad.

En otras palabras, no se puede declarar de forma genérica un concepto como el de “seguridad nacional” al servicio del ocultamiento de lo que se está realizando como obra insignia con una enorme carga presupuestal, que dicho sea de paso, le resta posibilidades a otras prioridades nacionales como la salud y la educación.

Pensemos que seguridad nacional es lo que haría peligrar nuestra soberanía con relación a otros países. Pero no están en ese rango ni las licitaciones ni los contratos que en un alto volumen podemos imaginar debieran estarse realizando en empresas públicas del tipo de la refinería de Dos Bocas en Tabasco. Todos necesitamos información para evaluar la buena o mala dinámica de la administración pública actual. No podemos movernos en la oscuridad y pensar que no se corre el riesgo de tropezar y caer.

No desconozco que hay quienes conforme a derecho puedan entorpecer el despliegue de estas obras, pero eso tiene remedio en la ley, quizás no con la premura que el Gobierno quisiera, pero la transparencia ayuda mucho a disipar por adelantado las trabas que se pretendan poner y también ayuda al mejor reconocimiento del Presidente cuando obtenga sus metas con eficiencia, eficacia y buena economía, que por tal entiendo que no se le deje ningún espacio a la corrupción.

No me queda duda, y esta opinión es compartida por muchas de las cabezas más lúcidas que hay en el campo del derecho en México, que el decreto que comento está divorciado de la Constitución, permite la opacidad, exime de la obligación de rendir cuentas y una discrecionalidad de la que todos estamos hartos. Se señala como fundamento del acuerdo la fracción I del artículo 89 de la Constitución, pero no encontramos aquí que se haya reglamentado ley alguna y sí en cambio un acuerdo administrativo sólo hacia el interior mismo del entramado burocrático y sus jerarquías, pero con ese disfraz se quieren trastocar garantías de particulares afectados que ven conculcados sus derechos.

Ojalá y el recurso que se supone interpondrá el INAI ante la Suprema Corte derive en un fallo no tan sólo para revocar el decreto lopezobradorista, sino para dejar claro que nadie puede gobernar por decreto al país. Hitler lo hizo porque la Constitución de Weimar se lo permitía, en muy mala hora. Y ya vimos lo que pasó.

26 noviembre 2021

Jaime García Chávez
Político y abogado chihuahuense. Por más de cuarenta años ha dirigido un despacho de abogados que defiende los derechos humanos y laborales. Impulsor del combate a la corrupción política. Fundador y actual presidente de Unión Ciudadana, A.C.

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